Problemas frecuentes a los que tienen que hacer frente las personas ciegas y deficientes visuales cuando viajan en avión

La EBU ha recogido información sobre los problemas más frecuentes a los que tienen que hacer frente las personas ciegas y deficientes visuales cuando viajan en avión  por medio de una encuesta enviada a sus organizaciones miembro. Se han señalado un número importante de problemas a pesar del Reglamento (CE) 1107/2006 sobre los Derechos de los Pasajeros de Avión con Discapacidad o Movilidad Reducida.  

Reservar un vuelo de forma independiente es casi imposible para las personas ciegas y deficientes visuales. La mayoría de las páginas web y aplicaciones para móviles de las compañías aéreas y operadores turísticos no son accesibles, por lo que no es posible utilizarlas de manera apropiada y autónoma para realizar la búsqueda de vuelos, selección  de vuelos, declaración de necesidades de asistencia y el subsecuente pago de los vuelos y servicios seleccionados. Los pasajeros  con discapacidad que utilizan trenes o autobuses de corto, medio o largo recorrido para desplazarse al aeropuerto a menudo se encuentran con que no disponen de asistencia en las estaciones de autobús y tren. Los puntos y mostradores de asistencia de los aeropuertos a menudo no están bien señalizados  y son difíciles de encontrar de manera rápida y autónoma, a pesar de que son cruciales para los viajeros ciegos y deficientes visuales, lo que genera incertidumbre y en el peor de los casos la pérdida del vuelo y gastos adicionales. Muchos pasajeros con discapacidad se ven obligados a que se les lleve en silla de ruedas independientemente de que la necesiten o no; el negarse a utilizarla a menudo tiene como consecuencia la interrupción o cese de la asistencia que se estaba facilitando.  

Lo que es más, el personal a veces trata a las personas con discapacidad de manera inapropiada y sobreprotectora, impidiendo que las personas con discapacidad puedan tomar sus propias decisiones de manera informada en lo que se refiere a su desplazamiento dentro del aeropuerto y el uso de los servicios e instalaciones disponibles en el aeropuerto. Las compañías aéreas hacen uso de normas de la compañía para denegar el embarque de perros guía o de asistencia. Además, no se informa a los pasajeros ciegos y deficientes visuales de esta restricción antes de la compra del billete o antes de la fecha de salida del vuelo, por lo que no pueden elegir otra aerolínea y otro vuelo con la debida antelación. Los servicios que se ofrecen a bordo (pantallas táctiles, Internet, etc.) a menudo siguen sin ser accesibles para los pasajeros con discapacidad visual. Con frecuencia el personal de vuelo no siente la obligación de guiar a los pasajeros ciegos o deficientes visuales al aseo o de explicar las medidas de seguridad, la ubicación de las salidas de emergencia, dónde se guardan y como se utilizan los chalecos salvavidas y dónde se encuentra el botón de llamada para solicitar la ayuda de la tripulación. Asimismo, muchas aerolíneas piden a los pasajeros con discapacidad que ocupen los asientos junto a la ventanilla para no dificultar la evacuación del avión, lo cual es discriminatorio y al mismo tiempo aísla aún más a estos pasajeros, haciendo que les resulte más complicado recibir la atención que necesitan. Esta negligencia puede generar frustración y miedo en los pasajeros ciegos y deficientes visuales, ya que no disponen de una imagen adecuada de la aeronave que les prepare para una posible emergencia.  

La EBU considera que es necesario aumentar el intercambio internacional de mejores prácticas, así como unas disposiciones legales más robustas para mejorar la accesibilidad de los aeropuertos europeos.  

Recomendaciones

Se han formulado varias recomendaciones basadas en la encuesta que la EBU ha llevado a cabo, para conseguir que el uso del transporte aéreo sea más fácil para las personas con discapacidad visual:

Todos los sitios web de compañías que operen en la UE y de aeropuertos ubicados en la UE deben ser totalmente accesibles, tomando como referencia los reglamentos europeos e internacionales vigentes sobre accesibilidad técnica. Los sitios web de los aeropuertos y de las compañías deben contar con secciones especiales con toda la información que concierna a las personas con discapacidad, incluyendo formas accesibles de reservar asistencia y de distinguir entre diferentes discapacidades.  

Es necesario implementar en toda la UE, tanto a nivel legal como práctico, la posibilidad de recibir asistencia entre las estaciones de transporte público y los aeropuertos cercanos. Todos los mostradores de información de los aeropuertos deben estar al tanto del Reglamento y de los procedimientos necesarios para la prestación de asistencia a las personas con discapacidad. Todo servicio de asistencia debe contar con un número de contacto disponible en todo momento. Asimismo, debe establecerse un límite al tiempo que la persona tiene que esperar para recibir asistencia, y de sobrepasarse, el pasajero debe tener derecho a compensación. Los pasajeros con discapacidad deben tener derecho a elegir cómo desplazarse por el aeropuerto y no debe imponerse el uso de una silla de ruedas: el acceso a la asistencia no debe tener como condición el uso de un modo de desplazamiento determinado. La tripulación debe mostrar por propia iniciativa la ubicación del botón de llamada a los viajeros con discapacidad. Los viajeros que requieran asistencia deberían tener derecho a elegir asiento (excluyendo salidas de emergencia).

Los servicios que se ofrecen dentro del avión, así como los medios o instrumentos para acceder a los mismos, como por ejemplo el botón de llamada, la oferta de entretenimiento durante el vuelo, etc., deben ser accesibles. Todas las compañías aéreas deben disponer de un plano táctil de la aeronave y los consejos de seguridad deberían estar disponibles tanto en braille como en macrotipo. Es esencial que se cree un certificado para los perros guía que sea válido en toda la UE, con independencia del centro en el que el perro haya recibido entrenamiento y de la aerolínea que la persona ciega vaya a utilizar, para así evitar un trato discriminatorio e injusto por parte de las compañías aéreas. El personal de asistencia, personal de tierra y tripulación deberían recibir formación adecuada impartida por personas con discapacidad, a fin de promover una actitud positiva hacia las personas con discapacidad.

También deberían existir números de teléfono operativos a nivel europeo o nacional para solicitar asistencia y para informar al servicio de asistencia de la ubicación de la persona con discapacidad (la entrada, la estación de metro, etc.), con personal a las entradas de las terminales que puedan guiar a las personas con discapacidad al mostrador designado. Los aeropuertos deben contar con sistemas de guiado táctiles y visuales marcando el recorrido hasta el mostrador de asistencia, así como con mensajes acústicos recurrentes informando sobre la ubicación del mostrador de asistencia. Los sitios web y aplicaciones de los aeropuertos y compañías aéreas deben contar con información clara y accesible, que incluya una descripción detallada y fácil de entender sobre cómo llegar.  

Todo ello debe cumplir con los requisitos mínimos de accesibilidad, que deben formar parte de la reformulación de reglamentos y directrices afines, para así conseguir un nivel satisfactorio de accesibilidad en todos los aeropuertos europeos, lo que mejorará en gran medida la independencia y movilidad de los viajeros con discapacidad visual.

Por Merve Sezgin, jefa de relaciones internacionales, DBSV, (miembro de la EBU por Alemania)