La CRPD es una herramienta importante para el trabajo que desempeña la SRF (miembro de la EBU en representación de Suecia) en favor de una sociedad igualitaria y accesible. Los derechos que recoge la CRPD empoderan a las personas con discapacidad y al activismo en favor de las personas con discapacidad en Suecia.
El sistema legal sueco se caracteriza por el dualismo, que implica que las convenciones de la ONU las implementan los legisladores, a diferencia de lo que ocurre en otros países, en los que un particular puede invocar la convención en los tribunales. El gobierno establece una estrategia de políticas sobre discapacidad que se actualiza de forma regular; está basada en la convención y en sus directrices. La convención, según este documento y conforme a lo que se establece en la CRPD, se implementará de todas las maneras que sean relevantes para conseguir avanzar. Se puede citar la convención en los tribunales suecos, pero para garantizar su eficacia debe estar incluido en la legislación sueca. Se puede recurrir a los derechos que recoge la CRPD en los tribunales si la ley sueca se demuestra insuficiente para la defensa de un caso ante la ley. No obstante, dado que la CRPD no es una ley sueca, no se puede depender de ella, aunque puede ser útil en la defensa de casos específicos.
Las autoridades y encargados de la toma de decisiones no parecen ser conscientes, o querer serlo, de que Suecia se ha comprometido a actuar conforme a la convención. La convención no se utiliza como base en las decisiones que toman las cortes y las autoridades. Muchos ciudadanos ciegos y deficientes visuales tampoco conocen la Convención ni saben cómo utilizarla.
La Comisión de la ONU ha recomendado a Suecia que incorpore la convención en la ley sueca. Es importante trabajar para que la transposición de la convención a ley sueca suceda sin problemas antes de que empiece la labor de convertir la convención en una ley. Se corre el riesgo de que la convención como ley desemboque en que las personas con discapacidad tengan menos oportunidades de reclamar sus derechos.
Los informes paralelos o alternativos brindan al movimiento en favor de las personas con discapacidad y a las organizaciones de la sociedad civil suecas la oportunidad de conocer y analizar la situación actual de Suecia. Tratamos asuntos que no se incluyen en el informe que el Estado envía al Comité de la COPD como parte del proceso de monitorización que se lleva a cabo cada cuatro años. Presentamos los asuntos pendientes más urgentes en materia de derechos humanos relativos a las personas con discapacidad que viven en Suecia. También hacemos referencia a los artículos que se mencionan en la CRPD y en los Objetivos de Desarrollo Sostenibles, de esta forma, mencionando los derechos pertinentes, conseguimos que la posición sea sostenible.
¿Cómo utiliza la SRF la Convención en su labor reivindicativa?
Estos son algunos de los asuntos que afectan a las personas con discapacidad visual y que trataremos en el debate de las elecciones suecas que se celebrarán en septiembre de 2022.
Por ejemplo:
- La dificultad que encuentran las personas con discapacidad visual para acceder al mercado laboral.
- Tan solo el 50% de las personas con discapacidad visual tienen un empleo.
- Un mejor acceso digital en toda la sociedad para las personas con discapacidad visual.
- Servicios a domicilio y servicios de apoyo.
- Que los alumnos con discapacidad visual puedan utilizar el braille en los colegios.
La SRF utiliza el texto de la convención para responder a consultas del gobierno.
También tratamos de hacer referencia a la CRPD en las discusiones o conclusiones de los informes que redactamos cuando llevamos a cabo encuestas a nuestros miembros, así como al realizar otro tipo de estudios; esto es lo que hemos hecho, por ejemplo, en la encuesta que acabamos de llevar a cabo entre nuestros mayores, esto es, de 65 en adelante. La encuesta muestra que la participación y la inclusión son muy bajas, que las personas mayores con discapacidad visual a menudo dependen de otras personas y que no disfrutan de las mismas condiciones de vida ni de las mismas oportunidades que las personas sin discapacidad.
Por ejemplo, más de cuatro de cada diez de los encuestados no utilizan internet, ni herramientas o servicios digitales. También se aprecian diferencias importantes entre las personas con discapacidad visual y la población de mayores de 65 en su totalidad, en términos de salud, factores económicos y la frecuencia con la que se sienten solos o aislados. Además, más del 50 por ciento de los miembros encuestados reciben ayuda de familiares o amigos por lo menos un par de veces por semana para hacer la compra. Por otra parte, casi uno de cada cinco piensa que no recibe toda la ayuda que necesita para mudarse a una vivienda adaptada.
En el informe que redactamos sobre este estudio concluimos que estos factores indican que el Estado sueco no cumple las disposiciones de la CRPD, ratificada por el gobierno sueco hace ya casi quince años. Por ejemplo, hacemos referencia al artículo 19, en el que se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a vivir en la sociedad en igualdad de oportunidades. Entre otras cosas, las personas con discapacidad deben tener acceso a los distintos tipos de apoyo personal necesarios para la vivienda y la participación social, así como para prevenir el aislamiento y la soledad.
Basándonos en lo que se recoge en la CRPD, también proponemos medidas que el Estado, los condados y las municipalidades deben tomar para reducir la soledad y el aislamiento, así como para incrementar la participación y la inclusión social.
Otro de los objetivos generales que ha adoptado el parlamento es, que en lo que a tecnología de la información se refiere, Suecia sea la mejor del mundo en el uso de la digitalización.
Tiina Nummi Södergren, vicepresidenta primera de la SRF
Cecilia Ekstrand y Mikael Ståhl, responsables de promoción y defensa, SRF